Please enable JS

NOTICIAS

img
02 Marzo 2022

El Pleno del Ayuntamiento de Haro aprueba la ordenanza de terrazas

El Ayuntamiento de Haro, en su última sesión plenaria, ha dado el visto bueno a la nueva ordenanza que regula la ocupación de terrenos de uso público por mesas, sillas y otros elementos con finalidad lucrativa (Terrazas de veladores y quioscos de Hostelería) en el municipio jarrero. La norma se aprobó con los votos a favor del equipo de gobierno, compuesto por PSOE, Partido Riojano y Unidas Podemos, y la negativa de Partido Popular y Ciudadanos.

La alcaldesa de la ciudad, Laura Rivado, comentó que, “nos hubiera gustado que se aprobará con más consenso porque somos el primer ayuntamiento en regular las terrazas Covid en apoyo a un sector tan castigado como el de los hosteleros”.

Leopoldo García, del Partido Riojano, manifestó su aprobación por ser una ordenanza que “simplifica la redacción de la anterior y recoge las aportaciones de los técnicos''. Es la ordenanza que necesitamos para gestionar la situación actual”.

Arantxa Carrero, concejala responsable del área, aludió al gran esfuerzo realizado por sacarla adelante y subrayó que “la oposición está instalada en el no a pesar de que se ha buscado el consenso, como sucedió en la segunda modificación, y se han recogido casi todas las alegaciones del Partido Popular.”

La oposición votó en contra y en este sentido Alberto Olarte, portavoz del Partido Popular, justificó su voto en contra “por ser un muy mal texto que crea inseguridad jurídica e incertidumbre”. Por su parte Rafael García, del Grupo Municipal de Ciudadanos, alegó que se trataba de “una ordenanza tramposa, engañosa y sin rigor”.

La nueva ordenanza, que recoge gran parte de la normativa de sus precedentes, refleja, entre otras, las siguientes modificaciones:

El espacio susceptible de ocupación con terrazas de veladores anejas a establecimientos hosteleros no podrá exceder de 150 metros cuadrados.

La norma establece que podrá autorizarse la instalación de terrazas, ejecutadas mediante cerramiento lateral a ambos lados y longitudinalmente a la calzada, en plazas de aparcamiento, siempre que se cumplan las condiciones de accesibilidad del espacio a ocupar respecto de su entorno, y siempre que no sea posible la instalación de terraza en una superficie de 50 metros cuadrados fuera de la zona de aparcamiento, y bajo criterio municipal. Además, todos los elementos autorizados deberán quedar dentro del perímetro de la terraza.

En lo concerniente a la Plaza de la Paz, permite la instalación de terrazas dejando una anchura de paso libre igual o superior a dos metros entre la fachada del establecimiento y los elementos de la terraza. Se permite instalar una fila de mesas (sin sombrillas) adosada a la fachada del establecimiento, y ocupando una zona de dos metros de anchura, dejando un paso libre igual o superior a dos metros de anchura para paso de peatones y paralelo a su fachada entre mesas y el cerramiento de la terraza de veladores.

En los números 2, 3, 4, 5 y 6 de la Plaza de la Paz (entrada por C/ Esteban de Agreda y C/ Víctor Pradera) el reparto del espacio destinado a terrazas de veladores se realizará según plano aportado por el Ayuntamiento. En casos especiales, cuando por la propia configuración física del espacio no sea posible el establecimiento de una terraza de veladores en el espacio susceptible de ocupación, el Ayuntamiento podrá establecer otras características de la ocupación.